Esta subasta es un procedimiento especial: no es un embargo, sino una división de cosa común entre herederos. El valor de salida es 186.478,50 €. Para pujar como particular necesitas depositar 9.323,92 € (el 5%), pero los copropietarios pueden pujar sin depósito. No hay puja mínima: puedes ofrecer cualquier cantidad. Eso sí, si ganas un copropietario, puede mejorar tu oferta en los 15 días siguientes. Los inquilinos de renta antigua no tienen derecho a comprar la casa antes que tú, pero se quedan viviendo allí.
Casa en calle Arco 23, A Coruña: subasta judicial con inquilinos de renta antigua
Subasta judicial voluntaria de una casa completa (planta baja, tres pisos y buhardilla con patio) en la calle Arco 23 de…
Datos rápidos
Datos oficiales · sin interpretaciónNo hay puja mínima: puedes ofrecer cualquier importe. El depuesto es de 9.323,92 € (5% del valor de subasta). Las pujas se realizan electrónicamente en el portal BOE. Recuerda que si ganas, tienes 40 días para pagar el resto. Si un copropietario puja, puede ceder su postura a un tercero.
Ubicación
Según dirección oficial📍 CALLE ARCO Nº 23
Subasta judicial voluntaria de una casa completa (planta baja, tres pisos y buhardilla con patio) en la calle Arco 23 de A Coruña, con un valor de salida de 186.478,50 €. No existen cargas registrales, pero los locales y el primer piso están ocupados por inquilinos con contrato de renta antigua, sin derecho de retracto. Se trata de un procedimiento de división de cosa común entre copropietarios, con reglas especiales: no se aplica adjudicación por deuda y el adjudicatario copropietario solo paga la parte proporcional de los demás. El depósito para licitadores externos es de 9.323,92 € (5%) y la puja mínima es sin límite. La subasta finaliza el 3 de agosto de 2026.
Lo bueno
IA- Sin cargas registrales (sin hipotecas ni embargos)
- Valor de subasta fijado en 186.478 €
- Ubicación céntrica en A Coruña
- Procedimiento transparente y regulado
- Inquilinos con contrato de renta antigua: flujo de alquiler predecible
Lo delicado
IA- Ocupado por inquilinos de renta antigua: difícil desahuciar y rentas bajas
- Sin tasación ni valor de mercado: no se puede calcular descuento
- Los copropietarios tienen ventaja: pujan sin depósito y pueden ceder o mejorar postura
- No se aplican los umbrales LEC 50%/70% de adjudicación forzosa
- Plazo de consignación de 40 días; si no pagas, pierdes el depósito
Siguiente paso recomendado
Análisis orientativoAnálisis extendido
IASubasta judicial voluntaria para la división de la cosa común (ETJ 119/2023). El inmueble se subasta como lote único. Las partes (copropietarios) pueden pujar sin depósito y ceder el remate a un tercero. No se aplican los artículos 670, 671 y DA 6ª LEC sobre adjudicación por 50-70% al ejecutante. Si un tercero gana, los copropietarios pueden mejorar su postura en 15 días. Las cargas son inexistentes según la certificación (no hay hipoteca ni embargo). Los inquilinos de renta antigua carecen de derecho de retracto (art. 25.7 LAU). El valor de subasta es el único precio de referencia.
El riesgo es medio (48/100) principalmente por la ocupación de parte del inmueble por inquilinos con contrato de renta antigua, lo que implica que el adjudicatario no podrá disponer libremente de los locales y el primer piso, y deberá respetar los derechos de los arrendatarios. No hay cargas registrales (certificación registral limpia), lo cual reduce el riesgo financiero oculto. La situación posesoria del resto del inmueble no está confirmada, pero no hay indicios de ocupación ilegal. La subasta es entre copropietarios, por lo que no hay reclamación de deuda dineraria; las reglas especiales (ej. no se aplica adjudicación por el 50-70%) pueden limitar las opciones de adquisición por debajo del valor de salida, pero no añaden riesgo adicional significativo. No se han identificado otras señales graves como cargas cuantiosas, nuda propiedad o embargos preferentes.
Sin tasación: score 0 por falta de referencia. El valor de subasta es de 186.478,50 €, fijado judicialmente, pero no disponemos de una tasación externa ni de precios de mercado comparables que permitan calcular un descuento real. La ausencia de cargas registrales es un punto favorable, pero la ocupación por inquilinos con renta antigua puede limitar la posesión inmediata y el uso del inmueble. Dado que no hay datos de mercado, no podemos afirmar que exista un descuento objetivo respecto al valor real.
Para el pujador
IASegún la certificación de cargas, la finca no tiene hipotecas ni embargos inscritos. No existen importes que subrogar. Sin embargo, el comprador asume todos los gastos de la ejecución y subasta, que se descuentan del precio de remate. Además, los inquilinos de renta antigua no tienen derecho de retracto, pero sus contratos subsisten tras la compra.
No existe puja mínima. Puedes empezar pujando cualquier cantidad. El valor de subasta de 186.478,50 € es de referencia, pero no es un suelo de puja. Los umbrales de 50% y 70% (93.239 € y 130.535 €) no se aplican en este procedimiento especial de división de cosa común según el pliego de condiciones.
- Solicita y revisa la certificación registral completa para confirmar la ausencia total de cargas o gravámenes.
- Investiga las condiciones exactas de los contratos de renta antigua: renta, duración, posibilidad de extinción y derechos de los inquilinos.
- Visita el inmueble para verificar el estado físico, la ocupación real y la situación del resto de plantas no mencionadas.
- Consulta con un abogado especializado las implicaciones de la división de cosa común y las reglas especiales de esta subasta, especialmente la penalización del 5% por quiebra de subasta para copropietarios.
- Calcula los gastos e impuestos asociados a la adjudicación (ITP, plusvalía, gastos de comunidad, etc.) y compáralos con el valor de salida para evaluar la inversión total.
- Si eres tercero, prepara el depósito de 9.323,92 € y asegúrate de cumplir los requisitos de identificación y alta en el Portal de Subastas del BOE.
Documentos oficiales
Datos técnicos BOE
La información publicada se obtiene y procesa automáticamente a partir de fuentes públicas. Puede contener errores, omisiones o información desactualizada. Antes de pujar, revisa siempre la fuente oficial y consulta asesoramiento profesional si es necesario.
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