En una subasta AEAT, tú pujas por el derecho indicado y, si ganas, pagas el precio de adjudicación. Para participar necesitas el depósito de 265,27 €. El valor de subasta es 5.305,30 € (esta es la referencia “de precio de salida” para calcular tu estrategia). Si el “precio de puja” que te aparezca te da dudas: los umbrales 50% y 70% (2652,65 € y 3713,71 €) son referencias de adjudicación ligadas al art. 670 LEC, no son “un mínimo para entrar”. Aquí no consta puja mínima, así que en teoría puedes pujar desde el sistema de incrementos, pero para decidir conviene usar esos umbrales como guía.
Vivienda (50% usufructo) en Subasta: Toledo - Quintanar de la Orden (Calle Madrid 8)
Subasta AEAT de un 50% de usufructo sobre una vivienda en CL Madrid 8, Quintanar de la Orden (Toledo…
Datos rápidos
Datos oficiales · sin interpretaciónEl valor de referencia de la puja es 5.305,30 €. El depósito de participación es 265,27 €. En esta subasta no figura puja mínima en el extracto; como guías de estrategia por art. 670 LEC, los umbrales son 2.652,65 € (50%) y 3.713,71 € (70%). Decide tu límite máximo considerando el riesgo de cargas y que compras 50% de usufructo.
Subasta AEAT de un 50% de usufructo sobre una vivienda en CL Madrid 8, Quintanar de la Orden (Toledo), con valor de subasta y tasación de 5.305,30 € y depósito de 265,27 €. La puja termina el 22/06/2026 y el propio expediente recoge cargas declaradas por 130.837,26 €, una cifra muy superior al valor del derecho subastado. Antes de pujar hay que revisar muy bien qué se está comprando exactamente, porque no es la plena propiedad y el activo llega sin documentación descargada. La decisión debe tomarse solo si se confirma la situación jurídica completa y el impacto real de las cargas.
Lo bueno
IA- Valor de subasta disponible y coincide con la tasación (5.305,30 €).
- Depósito de participación relativamente contenido: 265,27 €.
- Tipo de subasta y datos básicos de ubicación claros: Quintanar de la Orden, Calle Madrid 8.
Lo delicado
IA- Cargas con importe elevado en el extracto BOE: 130.837,26 € (muy por encima del valor 5.305,30 €).
- El derecho subastado es 50% de usufructo (no propiedad plena), lo que limita el alcance económico y de control.
- Situación posesoria no consta: aumenta la incertidumbre práctica sobre disfrute/entrega.
- No hay documentos descargados disponibles (según el extracto), lo que puede dificultar la verificación documental.
Siguiente paso recomendado
Lectura IAAnálisis extendido
IAActivo pequeño en valor (5305,30 €) pero con una carga declarada en el extracto BOE de 130.837,26 €. Esa desproporción sugiere que la carga puede estar muy condicionada al tipo de derecho o al reparto registral, pero en cualquier caso indica que el riesgo patrimonial es relevante y potencialmente estructural. La compra del 50% del usufructo (derecho parcial) incrementa la incertidumbre de explotación y, especialmente, el encaje con cualquier situación ocupacional no aclarada.
El riesgo es alto por una combinación muy concreta de señales: se subasta solo un 50% de usufructo, no la plena propiedad; constan cargas declaradas por 130.837,26 € sin documento de cargas; y no hay datos de posesión ni de visita, por lo que no se puede verificar el uso real del inmueble. Además, al no haber documentación adjunta, falta la base mínima para valorar bien la posición del derecho que se adquiere. No es un caso para pujar a ciegas.
No hay descuento frente a tasación: el valor de subasta coincide con la tasación en 5.305,30 €, así que el descuento calculable es 0%. Además, lo que sale a subasta no es la vivienda completa sino un 50% de usufructo, lo que limita mucho la utilidad y el mercado de salida. La cifra de cargas declaradas, 130.837,26 €, es desproporcionada frente al valor del derecho subastado y obliga a revisar si afectan, cómo se imputan y qué prioridad tienen. Con estos datos, la oportunidad es débil y solo tendría sentido si se aclara una ventaja jurídica muy concreta que compense el riesgo.
Para el pujador
IAEn el extracto del BOE aparece una cifra de cargas de 130.837,26 €. Además, el derecho es 50% usufructo, por lo que el comprador debe verificar qué cargas afectan al derecho concreto adquirido y cómo se ejecutan o se trasladan en caso de adjudicación. Al no haber documentos descargados en el sistema, no se puede concretar aquí el detalle (naturaleza, preferencia y ejecución) más allá de la cifra aportada en el extracto.
No consta puja mínima en el extracto. El valor de subasta es 5.305,30 € (no es el depósito ni el suelo de entrada). Los umbrales 50% y 70% que aporta el BOE como referencia de art. 670 LEC son 2.652,65 € y 3.713,71 €, respectivamente; úsalo como guía de adjudicación, no como garantía de que puedas/convenga pujar desde ese nivel.
- Confirmar con AEAT o en el Registro qué derecho exacto se adjudica: 50% de usufructo y no otra participación.
- Pedir nota simple actualizada y documento de cargas para verificar qué gravámenes siguen vivos y su prioridad.
- Comprobar quién ostenta la nuda propiedad y si existe otro titular del usufructo o copartícipe.
- Verificar el valor real de mercado de un 50% de usufructo en esta vivienda antes de decidir puja.
- Aclarar la situación posesoria: quién ocupa la vivienda y si hay impedimentos para disfrutar del derecho.
- Revisar si las cargas declaradas por 130.837,26 € pueden afectar económicamente al adjudicatario y en qué medida.
Documentos oficiales
Datos técnicos BOE
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