Traducción rápida: un garaje en El Masnou salió a subasta. El valor de referencia para pujar era 8.815,41 € (eso es lo importante, no el depósito). El depósito de participación era 440,77 €. Las cargas declaradas que aparecen en el BOE suman 2.895,25 €, y pueden influir en lo que acabas pagando o en condiciones posteriores. La subasta terminó el 2026-06-08.
Garaje en El Masnou (2026) en Subasta: cuota de parking en finca registral
Subasta de un garaje en El Masnou (Barcelona) con valor de subasta y tasación совпiden en 8.815,4
Datos rápidos
Datos oficiales · sin interpretaciónEn este expediente, el valor de subasta (referencia de puja) es 8.815,41 €. El depósito de participación era 440,77 €. No aparece “puja mínima” como tal en los datos, pero sí umbrales orientativos: 50% (4.407,705 €) y 70% (6.170,787 €); sirven como referencia de adjudicación, no como precio mínimo de participación.
Subasta de un garaje en El Masnou (Barcelona) con valor de subasta y tasación совпiden en 8.815,41 €, y depósito de 440,77 €. La propia información de la AEAT recoge cargas declaradas por 2.895,25 €, un importe relevante frente al valor del bien. Es una pieza pequeña y muy concreta, pero antes de pujar conviene revisar si esas cargas afectan de verdad al comprador y confirmar el encaje registral de la finca. Si el objetivo es invertir con margen, aquí la clave no es solo ganar la puja, sino entrar entendiendo exactamente qué se asume.
Lo bueno
IA- Valor de subasta y tasación coinciden en 8.815,41 €, sin incertidumbre de referencia de precio
- Depósito de participación relativamente bajo: 440,77 €
- Activo identificable por dirección y referencia catastral (4138003DF4943N0064OF)
Lo delicado
IA- Cargas declaradas cuantificadas en el BOE por 2.895,25 € (relevantes frente al valor 8.815,41 €)
- Situación posesoria/visitabilidad: no consta en la información extraída
- No hay documentos descargados (no se pudo revisar el detalle documental de cargas)
Siguiente paso recomendado
Lectura IAAnálisis extendido
IAActivos pequeños con posibilidad de negociación limitada: al coincidir valor de subasta y tasación, no se aprecia descuento automático. El peso de cargas declaradas (2.895,25 €) equivale aproximadamente a un 33% del valor, por lo que conviene calcular el coste neto esperado y no pujar solo “por el precio de salida”. La ausencia de datos de situación posesoria/visitabilidad eleva la incertidumbre operativa (verificación del estado y posibilidades de disfrute).
El nivel de riesgo es medio porque hay una señal concreta de incertidumbre económica: la AEAT informa de cargas declaradas por 2.895,25 €, y no se aporta documento de cargas para verificar su alcance. Además, la descripción jurídica es poco completa en aspectos prácticos, con situación posesoria no constando y sin información de visita, lo que obliga a asumir incertidumbre operativa. No aparecen señales extremas como ocupación confirmada o un importe de cargas desproporcionado respecto al valor, pero sí suficiente opacidad para no tratarla como una compra sencilla.
La oportunidad es limitada: no hay descuento frente a tasación porque el valor de subasta y la tasación son exactamente 8.815,41 €, así que el descuento es 0%. Además, la referencia de mercado no está aportada en los datos, por lo que no se puede validar si el precio de salida está por debajo de comparables reales de la zona. El punto a favor es que el depósito es bajo, 440,77 €, pero el dato de cargas declaradas por 2.895,25 € pesa mucho sobre un activo ya de por sí pequeño. En términos de oportunidad, sólo tendría sentido si se confirma que esas cargas no comprometen la rentabilidad y si el precio final deja margen suficiente respecto al mercado.
Para el pujador
IASe declaran cargas por un total de 2.895,25 € en el expediente. Con valor de subasta 8.815,41 €, su peso aproximado es del 33%. Como no hay documento de cargas descargado, no es posible desglosar si se trata de impuestos, comunidad, u otros conceptos concretos; conviene confirmar qué incluye ese total y cómo afecta al derecho subastado.
No consta una puja mínima informada como “Puja mínima” en los datos. El valor de subasta 8.815,41 € no es el “suelo de puja” por obligación, sino la referencia del expediente para calcular umbrales. Como guía, se indican los umbrales del art. 670 LEC: 50% = 4.407,705 € y 70% = 6.170,787 €.
- Comprobar en el registro qué cargas existen exactamente y si están preferentes o se cancelan con la subasta.
- Verificar si el 93% del bien y la referencia a la finca 10929 implican alguna limitación práctica de uso o de adjudicación.
- Confirmar qué parte real del garaje se adquiere y si la cuota descrita permite uso individual claro.
- Revisar el entorno de mercado en El Masnou para plazas o garajes comparables antes de fijar un máximo de puja.
- Calcular la puja máxima restando las cargas declaradas y dejando margen para gastos e incidencias.
- Confirmar con la AEAT si existe documentación adicional de cargas o situación posesoria antes de comprometerse.
Documentos oficiales
Datos técnicos BOE
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