Una subasta judicial en vía de apremio significa que un juez ha ordenado vender este bien para pagar una deuda. Para poder participar, tienes que depositar 36.519,96 €. Este dinero lo recuperas si no ganas la subasta. Si la ganas, se descuenta del precio final. La gran ventaja aquí es que no hay una "puja mínima" fijada, es decir, no hay un precio de salida en el que tengas que empezar a pujar. Sin embargo, para que el juez te adjudique el bien, tu puja debe superar un porcentaje del valor de subasta (50% o 70%), salvo que el deudor acepte una oferta inferior. La expresión "no consta situación posesoria" significa que no se sabe si el inmueble está ocupado o no.
Vivienda en Oliva (Valencia) en Subasta Judicial: ¡Sin puja mínima!
Esta es una subasta judicial en vía de apremio de una vivienda en la primera planta del Edificio 4000, Residencia Buganv…
¿Cuánto vale y hasta dónde pujar?
🔴 No compensaEl precio de salida (182.600 €) ya supera la puja máxima recomendada: difícilmente compensa participar a ningún precio.
Nivel de confianza de la estimación: Media
Estimación orientativa basada en datos públicos oficiales. No es asesoramiento financiero ni tasación. Verifica cargas y estado antes de pujar.
Datos rápidos
Datos oficiales · sin interpretaciónPara pujar en esta subasta, necesitas depositar 36.519,96 €. No hay puja mínima, pero para la adjudicación tu oferta deberá superar el 50% (91.299,90 €) o el 70% (127.819,86 €) del valor de subasta, según la situación procesal. Todas las pujas son secretas hasta el cierre de la subasta el 17 de junio de 2026.
Detalle del bien
Datos oficiales · BOESe entenderá que todo licitador acepta como bastante la titulación existente en el procedimiento de ejecución o asume su inexistencia, así como las consecuencias de que sus pujas no superen los porcentajes del tipo de la subasta establecidos en el artículo 670 de la Ley de enjuic… Ver completo
Se entenderá que todo licitador acepta como bastante la titulación existente en el procedimiento de ejecución o asume su inexistencia, así como las consecuencias de que sus pujas no superen los porcentajes del tipo de la subasta establecidos en el artículo 670 de la Ley de enjuiciamiento civil. Se hace constar, asimismo, que las cargas, gravámenes y asientos anteriores al crédito del actor continuarán subsistentes y que, por el solo hecho de participar en la subasta, el licitador los admite y acepta quedar subrogado en la responsabilidad derivada de aquéllos si el remate se adjudicare a su favor. DEVOLUCIÓN DEL DEPÓSITO para participar en la subasta: Si se solicita reserva de postura, el depósito no será devuelto hasta que el Juzgado o Tribunal lo solicite expresamente.
EN NINGÚN CASO EL MEJOR POSTOR DEBERÁ CONSIGNAR EL RESTO DEL PRECIO DE REMATE EN LA CUENTA 4513 DE LA UNIDAD DE SUBASTAS. DEBERÁ HACER EL INGRESO EN LA CUENTA DE LA PLAZA (ANTIGUO JUZGADO) QUE HAYA ANUNCIADO LA SUBASTA, A LA QUE DEBERÁ DIRIGIRSE PARA TODO LO RELATIVO A DICHO INGRESO.
Esta es una subasta judicial en vía de apremio de una vivienda en la primera planta del Edificio 4000, Residencia Buganvilla Golf II, en Oliva (Valencia). El valor de subasta y tasación es de 182.599,80 €, con un depósito para participar de 36.519,96 €. Lo más destacado es que no tiene puja mínima, lo que puede abrir oportunidades. La subasta finaliza el 17 de junio de 2026. La propiedad no es vivienda habitual según consta.
Lo bueno
IA- La tasación de la vivienda es idéntica al valor de subasta, lo que proporciona una base clara.
- No existe puja mínima, lo que podría permitir una adjudicación por debajo del valor de tasación si la competencia es baja.
- No consta que sea vivienda habitual del deudor, lo que reduce la complejidad en caso de posible ocupación.
Lo delicado
IA- ["No se puede visitar la vivienda, lo que impide comprobar su estado real y posible ocupación.","La situación posesoria "no consta" introduce incertidumbre sobre si la propiedad está libre o tiene ocupantes.","La subrogación a cargas y gravámenes anteriores es una advertencia estándar que requiere una investigación profunda de las cargas registrales.","No se han podido extraer documentos con el detalle de las cargas, lo que exige precaución y acceso directo al expediente judicial.","El depósito para participar es significativo (36.519,96 €)."]
Siguiente paso recomendado
Lectura IAAnálisis extendido
IAEste activo se corresponde con una subasta judicial en vía de apremio de una vivienda. El valor de subasta y tasación es idéntico, 182.599,80 €, lo que limita la oportunidad inherente por un descuento directo. Sin embargo, la ausencia de puja mínima, combinada con los umbrales de adjudicación del 50% (91.299,90 €) y 70% (127.819,86 €) del valor de subasta establecidos por el artículo 670 de la LEC, ofrece un rango de posible adquisición por debajo de la tasación. La cantidad reclamada asciende a 160.169,94 €. La advertencia estándar sobre la subrogación a cargas anteriores y la situación posesoria "no consta" requieren una diligencia debida exhaustiva, especialmente en lo referente a la verificación registral y la situación ocupacional real, antes de la participación.
El riesgo de esta subasta es medio. Aunque no constan cargas cuantificadas ni se ha podido extraer texto de la certificación de cargas, la información adicional del BOE es la estándar que indica subrogación a cargas y gravámenes anteriores. Además, la situación posesoria "no consta" y "no visitable" implica incertidumbre sobre si la vivienda está ocupada, lo cual podría derivar en un proceso de desalojo si resultara estarlo. No se indica que sea vivienda habitual del deudor, lo que reduce el riesgo de un desalojo complejo.
La vivienda sale a subasta por un valor de 182.599,80 €, que coincide con el valor de tasación, lo que no indica un descuento inicial. Sin embargo, la ausencia de puja mínima puede generar oportunidades de conseguir la propiedad por debajo de su valor de tasación, dependiendo de la competencia y las ofertas que se presenten. La oportunidad reside en la posibilidad de adjudicación por los umbrales del 50% o 70% del valor de subasta, que son 91.299,90 € y 127.819,86 € respectivamente.
Para el pujador
IALa información del BOE indica que las cargas, gravámenes y asientos anteriores al crédito del actor continuarán subsistentes. Esto significa que si te adjudican la vivienda, tendrás que hacerte cargo de esas deudas o hipotecas previas que existan. Aunque no constan cargas cuantificadas ni se ha podido acceder al detalle, es fundamental que investigues en el Registro de la Propiedad si hay deudas pendientes y de qué importe son, para no llevarte sorpresas.
En esta subasta, no hay una "puja mínima" para empezar a participar. Esto es una ventaja, ya que puedes empezar a ofrecer lo que consideres. Sin embargo, la Ley de Enjuiciamiento Civil (LEC) establece unos umbrales de adjudicación: si tu puja es la mejor, el juez te la adjudicará directamente si supera el 70% del valor de subasta (127.819,86 €). Si está entre el 50% (91.299,90 €) y el 70%, el ejecutado puede presentar un tercero que mejore la oferta. Si es inferior al 50%, la adjudicación es discrecional del Tribunal.
- Confirmar la existencia de cargas o gravámenes anteriores en el Registro de la Propiedad.
- Verificar la situación de ocupación de la vivienda, a pesar de que no conste en el BOE.
- Estimar el valor de mercado actual de la vivienda para establecer una estrategia de puja.
- Analizar el importe de la deuda reclamada y cómo se relaciona con el valor de subasta.
- Preparar el importe del depósito (36.519,96 €) para participar en la subasta.
- Revisar el expediente judicial si es posible para obtener información adicional.
Documentos oficiales
Datos técnicos BOE
La información publicada se obtiene y procesa automáticamente a partir de fuentes públicas. Puede contener errores, omisiones o información desactualizada. Antes de pujar, revisa siempre la fuente oficial y consulta asesoramiento profesional si es necesario.
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