Es una subasta judicial de apremio en el Portal de Subastas del BOE: para pujar hay que dejar un depósito de 65.464,78 € (el 5 % del valor de subasta de 1.309.295,77 €). No te exigen una puja mínima de entrada: puedes pujar por debajo del valor de subasta, pero eso no significa que te lo adjudiquen barato; la ley mira umbrales del 50 % y del 70 % a la hora de aprobar o no la adjudicación. Derecho de superficie, en lenguaje llano, significa que no estás comprando la propiedad plena del suelo y el edificio como en una compraventa normal: compras un derecho limitado cuyo alcance hay que leer en el título y en el Registro. Tasación y valor de subasta son la misma cifra (1.309.295,77 €), así que no hay un descuento obvio respecto a esa valoración judicial.
Edificio plurifamiliar en Palma: subasta del derecho de superficie (Pintor Carlota 22)
Subasta judicial en vía de apremio del edificio plurifamiliar de la calle Pintor Carlota 22, en Palma (Illes Balears), f…
¿Cuánto vale y hasta dónde pujar?
🟡 Revisar estado- Tiene cargas o embargos pendientes (verifica el importe en la fuente oficial)
La tasación judicial del BOE puede no reflejar el mercado; usamos estimación municipal/provincial de €/m².
Ojo: el valor de subasta (1.309.296 €) no es el precio a pagar. En subastas judiciales y administrativas el bien puede adjudicarse por debajo de ese valor (umbrales legales del 50%/70%), así que te compensa mientras tu puja no pase de 945.014 € (ya descontados ITP, notaría/registro, cargas y posible desalojo).
Nivel de confianza de la estimación: Baja
Estimación orientativa basada en datos públicos oficiales. No es asesoramiento financiero ni tasación. Verifica cargas y estado antes de pujar.
Resultado de la subasta
Finalizada por la autoridad gestora · sin pujasLa puja máxima publicada por la fuente no acredita por sí sola la adjudicación: la autoridad gestora puede declarar la subasta desierta o adjudicarla a una cantidad distinta.
Datos rápidos
Datos oficiales · sin interpretaciónPara participar debes constituir un depósito de 65.464,78 €. No hay puja mínima de entrada: el valor de subasta (1.309.295,77 €) es la base de referencia, no el suelo obligatorio de tu primera puja. Como referencias de adjudicación bajo la LEC art. 670, el 50 % equivale a unos 654.647,89 € y el 70 % a unos 916.507,04 €; los tramos entre pujas son de 26.185,91 €.
Detalle del bien
Datos oficiales · BOEUbicación
Según dirección oficial📍 pintor carlota 22
Subasta judicial en vía de apremio del edificio plurifamiliar de la calle Pintor Carlota 22, en Palma (Illes Balears), finca registral 87.233. El valor de subasta y la tasación coinciden en 1.309.295,77 €; el depósito para pujar es de 65.464,78 € y no hay puja mínima. La fecha de conclusión es el 17-08-2026 a las 18:00. Lo más relevante: el propio BOE indica que se subasta un derecho de superficie, no el pleno dominio habitual, y la certificación de cargas no está disponible en texto extraído.
Lo bueno
IA- Datos económicos principales claros: valor de subasta y tasación 1.309.295,77 €, depósito 65.464,78 €
- Descripción registral detallada del edificio (plantas, trasteros y 12 aparcamientos)
- No consta como vivienda habitual
- Sin puja mínima de participación en el portal
- No aparecen cargas cuantificadas normalizadas en los metadatos (importe 0)
Lo delicado
IA- El BOE identifica la operación como subasta de derecho de superficie, no como compra típica de pleno dominio
- Situación posesoria no consta y el bien no es visitable según la ficha
- La certificación de cargas se menciona, pero su texto no está extraído en la plataforma
- Tramos entre pujas de 26.185,91 €: cada incremento es muy alto
- La valoración de mercado tiene confianza baja y el techo orientativo (945.013,90 €) queda lejos del valor de subasta
Siguiente paso recomendado
Análisis orientativoAnálisis extendido
IAExpediente judicial con valor de subasta elevado y tramos de puja de 26.185,91 €, lo que concentra la puja en pocos saltos grandes. La valoración de mercado de la plataforma tiene confianza baja y avisa de posibles cargas/embargos a verificar en fuente oficial, aunque el importe de cargas normalizado en metadatos es 0 y no hay parseo de hipoteca/embargo cuantificado. Con max bid orientativo en torno a 945.014 € frente a un valor de subasta de 1,31 M€, la tesis solo encaja si el derecho de superficie, el plazo restante y el estado real del edificio justifican un descuento estructural que hoy no está documentado en la ficha. Conviene contrastar inscripción (Registro 7 de Palma, tomo 4204, libro 1607, folio 80), catastro (016185-34-001 y 016185-35-001) y certificación de cargas completa antes de fijar techo.
Riesgo alto por una señal concreta y verificable: la información adicional del BOE identifica la operación como SUBASTA DERECHO DE SUPERFICIE. Eso no es el boilerplate habitual de subrogación a cargas anteriores ni la mera mención de certificación; implica adquirir un derecho real limitado, con régimen, plazo y efectos distintos del dominio pleno. A esto se suma que la situación posesoria no consta, el inmueble no es visitable según la ficha, y el texto de la certificación de cargas no se ha podido extraer pese a que el BOE remite a ella.
El valor de subasta (1.309.295,77 €) cae dentro del rango de mercado estimado (aprox. 1.152.180 € – 1.461.411 €) y es igual a la tasación, así que no hay descuento judicial aparente frente a esa referencia. El techo orientativo de puja de la plataforma (945.013,90 €) queda claramente por debajo del valor de subasta, lo que refuerza que, a precios cercanos a 1,3 M€, el margen es escaso. Además, al tratarse de un derecho de superficie, el activo no se valora como una compra de pleno dominio al uso: la oportunidad económica es baja.
Para el pujador
IAEn metadatos no constan cargas cuantificadas (importe normalizado 0 y sin hipoteca/embargo parseado). El BOE, no obstante, remite a la certificación de cargas y añade la etiqueta SUBASTA DERECHO DE SUPERFICIE: eso no prueba un importe de cargas alto por sí solo, pero sí obliga a leer esa certificación porque aquí no hay texto extraído del documento. Hasta disponer de ese PDF/texto, no se puede afirmar ni descartar gravámenes concretos con cifra.
La ficha indica Sin puja mínima: puedes participar sin un suelo de puja impuesto por el portal. El valor de subasta de 1.309.295,77 € no es ese suelo. Los umbrales 50 % (654.647,89 €) y 70 % (916.507,04 €) sirven para valorar la adjudicación conforme al art. 670 LEC, no para fijar la cantidad mínima con la que entras a pujar.
- Leer en el BOE el edicto y la certificación de cargas completa
- Confirmar en el Registro qué derecho exacto se transmite (superficie vs dominio)
- Tener liquidez para el depósito de 65.464,78 € y para tramos de 26.185,91 €
- Fijar un techo de puja coherente con costes y con el riesgo de título limitado
- Comprobar posesión real y estado del edificio antes de rematar
- Revisar plazos de pago y requisitos del juzgado/autoridad gestora tras la adjudicación
Documentos oficiales
Datos técnicos BOE
La información publicada se obtiene y procesa automáticamente a partir de fuentes públicas. Puede contener errores, omisiones o información desactualizada. Antes de pujar, revisa siempre la fuente oficial y consulta asesoramiento profesional si es necesario.
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