Estás ante una subasta de la Agencia Tributaria por un piso en Burgos. No hay un precio fijo de venta, sino que tú ofreces la cantidad que consideras. Para participar, es obligatorio que pagues un depósito de 1.921,97 €. Este depósito sirve para asegurar tu compromiso y, si te adjudicas el piso, se descontará del precio final. Si no ganas, se te devolverá. Ten en cuenta que, si no se alcanza un precio mínimo, el piso podría no ser adjudicado o ir a la propia Agencia Tributaria por un importe inferior. El término "Pleno Dominio" significa que, si ganas, adquirirás la propiedad total de la vivienda.
Piso en Burgos en subasta de la Agencia Tributaria: tu oportunidad en Calle San Pedro de Cardeña
Este activo es una subasta de la Agencia Tributaria de un piso en la calle San Pedro de Cardeña 68, …
¿Cuánto vale y hasta dónde pujar?
🔴 Alto riesgo- Inmueble ocupado (ocupantes sin derecho de permanencia)
Te compensa mientras tu puja no pase de 22.328 € (ya descontados ITP, notaría/registro, cargas y posible desalojo). En subasta el precio sube con las pujas.
Nivel de confianza de la estimación: Media
Estimación orientativa basada en datos públicos oficiales. No es asesoramiento financiero ni tasación. Verifica cargas y estado antes de pujar.
Datos rápidos
Datos oficiales · sin interpretaciónPara participar en esta subasta, debes depositar 1.921,97 €. La puja mínima para que tu oferta sea admitida es de 3.843,94 €. Si te adjudicas el inmueble por debajo de 26.907,58 € (70% del valor de tasación), la Agencia Tributaria podría adjudicársela por ese 70% o incluso por el 50% (19.219,70 €) si no hay postores o las pujas son bajas, o a su deudor. Es recomendable pujar por encima de esos umbrales para asegurar la adjudicación.
Detalle del bien
Datos oficiales · BOESe ejecuta la diligencia de embargo N 092523109005H, anotada en el Registro de la Propiedad con letra H, en fecha 8 de octubre de 2025. Sin cargas registrales preferentes. En fecha 5-2-2026 la vivienda estaba a disposicion del titular. Actualmente, se desconoce el estado de ocu… Ver completo
Se ejecuta la diligencia de embargo N 092523109005H, anotada en el Registro de la Propiedad con letra H, en fecha 8 de octubre de 2025.
Sin cargas registrales preferentes.
En fecha 5-2-2026 la vivienda estaba a disposicion del titular. Actualmente, se desconoce el estado de ocupacion del inmueble.
Este activo es una subasta de la Agencia Tributaria de un piso en la calle San Pedro de Cardeña 68, 1º Izquierda, en Burgos. El valor de subasta y la tasación son de 38.439,41 €, y el depósito para participar es de 1.921,97 €. La subasta finaliza el 22 de junio de 2026. Hay un embargo anotado en el Registro de la Propiedad, y se desconoce el estado de ocupación actual del inmueble, lo que añade un riesgo importante.
Lo bueno
IA- La propiedad se vende en pleno dominio, es decir, la totalidad de la propiedad.
- El valor de tasación es conocido y coincide con el valor de subasta, dando una referencia clara.
- No se indican cargas registrales preferentes sobre la diligencia de embargo que se ejecuta.
Lo delicado
IA- ["Existe un embargo de la Agencia Tributaria que es el origen de la subasta.","La situación posesoria actual es "no consta" y "se desconoce el estado de ocupación", lo que implica un riesgo de ocupación.","La vivienda no es visitable, lo que dificulta conocer su estado real y la situación posesoria.","Aunque no se informa de cargas cuantificadas adicionales, el texto indica que se ejecuta una diligencia de embargo, lo cual es la razón de la subasta.","La diferencia entre la superficie registral (49,50 m²) y la catastral (65 m² de vivienda) podría requerir una verificación."]
Siguiente paso recomendado
Lectura IAAnálisis extendido
IALa subasta ejecuta un embargo de la Agencia Tributaria sobre el pleno dominio de la finca 21257 del Registro de la Propiedad nº 4 de Burgos. El valor de subasta coincide con la tasación, lo que sugiere un valor de mercado realista como punto de partida. La puja mínima fijada en el BOE (3.843,94 €) es muy inferior al depósito y al valor de subasta, lo que indica que se refiere a un umbral inicial de ofertas válidas, no al umbral de adjudicación. La clave es la situación posesoria: la incertidumbre actual tras haber estado "a disposición del titular" en febrero de 2026 implica un riesgo de ocupación que debe ser evaluado y provisionado.
El nivel de riesgo para esta subasta es alto. Aunque no constan cargas cuantificadas adicionales a la que se ejecuta, hay un embargo de la Agencia Tributaria anotado en el Registro de la Propiedad, lo que es el origen de la subasta. Además, la situación posesoria "no consta" y "se desconoce el estado de ocupación actual" es una señal de alerta. Esto implica que, en caso de adjudicación, el adjudicatario podría enfrentarse a un proceso de desalojo con los costes y tiempos asociados. En febrero de 2026 la vivienda estaba a disposición del titular, pero la situación ha cambiado a "se desconoce el estado de ocupación".
La oportunidad en esta subasta es media. El valor de subasta coincide con la tasación, lo que significa que el punto de partida es el valor de mercado estimado, sin un descuento inicial evidente. La puja mínima es baja, lo que puede abrir la puerta a conseguir la propiedad a un buen precio si no hay mucha competencia. Sin embargo, la incertidumbre sobre la ocupación y el embargo pueden disuadir a algunos postores.
Para el pujador
IASegún la información disponible, no constan cargas cuantificadas adicionales a las que se ejecutan, ni hay documento de cargas descargado que las detalle. Sin embargo, se ejecuta una diligencia de embargo de la Agencia Tributaria, que es el motivo de la subasta. Esto significa que, si te adjudicas el inmueble, el precio de adjudicación se destinará a saldar esa deuda. Es crucial confirmar mediante nota simple si existen otras cargas preferentes que no hayan sido explicitadas o si el importe del embargo es superior al valor de adjudicación, lo que podría implicar la subsistencia de una parte de la deuda.
La "puja mínima" indicada en el BOE es de 3.843,94 €, que en las subastas de la Agencia Tributaria suele ser un umbral inicial para la validez de las ofertas, no el precio de salida real de la subasta. El valor de subasta es de 38.439,41 €. Debes tener en cuenta que, aunque se pueda pujar desde esa cantidad mínima, existen los umbrales de adjudicación del 50% (19.219,70 €) y 70% (26.907,58 €) del valor de tasación. Si tu puja es inferior a estos, el ejecutante (Agencia Tributaria) o el deudor podrían tener derecho a quedarse con el bien por esos importes.
- Verificar el estado de ocupación actual del inmueble.
- Obtener una nota simple actualizada del Registro de la Propiedad para confirmar cargas y anotaciones.
- Consultar la referencia catastral para verificar datos fiscales y superficies.
- Analizar el importe total de la deuda ejecutada por la Agencia Tributaria.
- Estimar los gastos de ITP, Registro, gestoría y posibles costes de desalojo.
- Tener el depósito (1.921,97 €) disponible antes de la fecha límite.
Documentos oficiales
Datos técnicos BOE
La información publicada se obtiene y procesa automáticamente a partir de fuentes públicas. Puede contener errores, omisiones o información desactualizada. Antes de pujar, revisa siempre la fuente oficial y consulta asesoramiento profesional si es necesario.
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