Esto es una subasta judicial, lo que significa que el bien se vende para pagar una deuda. El depósito para participar es de 6.958,93 €, que es el 5% del valor de subasta. Es importante saber que, aunque no haya "puja mínima" en el BOE, la ley establece que, si tu puja es menor del 70% del valor de subasta (97.425,09 €), el ejecutante (el que cobra la deuda) podría pedir quedarse con el bien por el 70% o por el valor de su deuda (104.841,02 €), si esta es inferior. Si tu puja es inferior al 50% (69.589,35 €), el deudor podría oponerse. La frase "Situación posesoria: No consta" significa que no se sabe si la vivienda está libre o si vive alguien en ella.
Vivienda en Peal de Becerro (Jaén) en Subasta Judicial
Se subasta judicial una edificación tipo vivienda ubicada en la calle Domingo Puertas N 25 de Peal de Becerro, Jaén. E
Datos rápidos
Datos oficiales · sin interpretaciónPara participar en esta subasta judicial, deberás depositar 6.958,93 € (5% del valor de subasta). No hay puja mínima, pero ten en cuenta que pujas inferiores al 70% del valor de subasta (97.425,09 €) pueden ser adjudicadas al ejecutante o desestimadas por el deudor. Si tu puja es superior a la cantidad reclamada (104.841,02 €), el sobrante sería para el deudor.
Detalle del bien
Datos oficiales · BOESe subasta judicial una edificación tipo vivienda ubicada en la calle Domingo Puertas N 25 de Peal de Becerro, Jaén. El valor de subasta es de 139.178,70 €, y para participar se requiere un depósito de 6.958,93 €. La subasta finaliza el 18 de junio de 2026. Al no constar tasación, el potencial de descuento no se puede calcular. La situación posesoria de la vivienda es desconocida, lo que implica un riesgo medio de ocupación.
Lo bueno
IA- No constan cargas cuantificadas declaradas en el texto del BOE.
- Hay un incremento de puja establecido (2.783,57 €), lo que ofrece transparencia en el proceso de pujas.
- La fecha de fin de subasta es a largo plazo (junio de 2026), dando tiempo para una investigación profunda.
Lo delicado
IA- No se dispone de tasación del inmueble, lo que impide calcular un posible descuento y evaluar la oportunidad.
- No consta la situación posesoria (no visitable), lo que puede implicar un riesgo de ocupación y necesidad de desalojo.
- No consta el IDUFIR ni la inscripción registral, dificultando la comprobación de la titularidad y cargas ocultas.
- No se ha extraído texto de los documentos adjuntos, lo que podría contener información relevante no visible en el BOE.
Siguiente paso recomendado
Lectura IAAnálisis extendido
IALa subasta corresponde a una edificación con valor de subasta de 139.178,70 €. No se dispone de valor de tasación, lo que dificulta una evaluación precisa de la oportunidad. La cantidad reclamada es de 104.841,02 €. La ausencia de IDUFIR y datos registrales requiere una investigación exhaustiva en el Registro de la Propiedad para confirmar titularidad y la existencia de cargas no declaradas por la autoridad gestora. El riesgo de ocupación es inherente a la falta de información posesoria.
El riesgo se considera medio debido a la falta de información sobre la situación posesoria del inmueble, lo que puede implicar la necesidad de un proceso de desalojo. Además, la ausencia de datos registrales y de IDUFIR complica la verificación de posibles cargas ocultas o la titularidad, aunque el BOE no ha declarado cargas cuantificadas ni documentos de cargas.
No se ha facilitado el valor de tasación del inmueble, por lo que no es posible calcular un porcentaje de descuento ni estimar el potencial de oportunidad de esta subasta. Por esta razón, el score de oportunidad se ha fijado en 0.
Para el pujador
IAEl BOE no declara la existencia de cargas cuantificadas ni adjunta un documento de cargas. Esto es positivo, pero no exime de la obligación de investigar en el Registro de la Propiedad, ya que podrían existir cargas que no hayan sido comunicadas en el proceso de subasta, especialmente dada la falta de IDUFIR y datos registrales en el anuncio. Es crucial confirmar la situación registral del inmueble antes de pujar.
Aunque el BOE indica 'Sin puja mínima', esto significa que puedes pujar desde 1 euro. Sin embargo, debes considerar los umbrales legales. El artículo 670 de la Ley de Enjuiciamiento Civil (LEC) establece que si tu puja es inferior al 70% del valor de subasta (97.425,09 €), el ejecutante puede pedir la adjudicación por ese 70% o por el total de su deuda (104.841,02 €) si esta es inferior. Si la puja es inferior al 50% (69.589,35 €), el deudor podría oponerse. Estos umbrales son referencias para la adjudicación, no para la participación.
- Verificar la situación registral del inmueble en el Registro de la Propiedad (titularidad, cargas y gravámenes).
- Realizar una valoración independiente del inmueble para determinar un precio máximo de puja.
- Consultar el plan urbanístico del municipio de Peal de Becerro para el uso del suelo y posibles afecciones.
- Estimar los costes asociados a la posible ocupación y desalojo, incluyendo plazos y honorarios legales.
- Analizar la cantidad reclamada (104.841,02 €) y su impacto en la posible adjudicación de la subasta.
Documentos oficiales
Datos técnicos BOE
La información publicada se obtiene y procesa automáticamente a partir de fuentes públicas. Puede contener errores, omisiones o información desactualizada. Antes de pujar, revisa siempre la fuente oficial y consulta asesoramiento profesional si es necesario.
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