Estás ante una subasta judicial, que significa que un juzgado vende un bien para saldar una deuda. Para participar en esta subasta, debes depositar 7.645 €. Este dinero se te devolverá si no resultas el ganador. El valor de subasta es de 152.900 €, pero no hay un precio mínimo para pujar, lo que te da más flexibilidad. 'Situación posesoria: No consta' significa que no se sabe si la vivienda está ocupada o no, lo cual es importante investigar.
Vivienda en Quart de Poblet (Valencia) en Subasta Judicial: ¡Oportunidad con 4 dormitorios!
Esta es una subasta judicial de una vivienda ubicada en la calle Antonio Iturmendi, 4-4º-13ª, en Quart de Poblet (Valenc…
Resultado de la subasta
Periodo de pujas concluidoLa puja máxima publicada por la fuente no acredita por sí sola la adjudicación: la autoridad gestora puede declarar la subasta desierta o adjudicarla a una cantidad distinta.
Datos rápidos
Datos oficiales · sin interpretaciónPara participar en esta subasta judicial, debes depositar 7.645 €. Al no haber puja mínima, puedes realizar ofertas por debajo del valor de subasta de 152.900 €. Sin embargo, para que tu puja sea considerada para la adjudicación, debe superar al menos el 70% (107.030 €) del valor de subasta si eres un tercero, o el 50% (76.450 €) si se trata de un deudor o propietario ejecutado.
Detalle del bien
Datos oficiales · BOESe entenderá que todo licitador acepta como bastante la titulación existente en el procedimiento de ejecución o asume su inexistencia, así como las consecuencias de que sus pujas no superen los porcentajes del tipo de la subasta establecidos en el artículo 670 de la Ley de enjuic… Ver completo
Se entenderá que todo licitador acepta como bastante la titulación existente en el procedimiento de ejecución o asume su inexistencia, así como las consecuencias de que sus pujas no superen los porcentajes del tipo de la subasta establecidos en el artículo 670 de la Ley de enjuiciamiento civil. Se hace constar, asimismo, que las cargas, gravámenes y asientos anteriores al crédito del actor continuarán subsistentes y que, por el solo hecho de participar en la subasta, el licitador los admite y acepta quedar subrogado en la responsabilidad derivada de aquéllos si el remate se adjudicare a su favor. DEVOLUCIÓN DEL DEPÓSITO para participar en la subasta: Si se solicita reserva de postura, el depósito no será devuelto hasta que el Juzgado o Tribunal que haya anunciado la celebración de la subasta complete el proceso de adjudicación. El plazo para la devolución del depósito dependerá del proceso de adjudicación de la subasta, sin que se pueda precisar cuánto tiempo tardará en ser devuelto. El portal de subastas sólo publicará la puja más alta entre las realizadas y se admitirán posturas que sean superiores, iguales o inferiores a ésta. En estos dos últimos casos se entenderá que los postores que las realicen consienten que se reserve su consignación y sus posturas serán tenidas en cuenta en caso de que el licitador o licitadora que haya hecho la puja igual o más alta no consigne el resto del precio de adquisición.
Esta es una subasta judicial de una vivienda ubicada en la calle Antonio Iturmendi, 4-4º-13ª, en Quart de Poblet (Valencia). Se trata de un cuarto piso con 4 dormitorios, comedor, cocina y aseo, con una superficie útil de 78,07 m². El valor de subasta es de 152.900 €, y para participar se requiere un depósito de 7.645 €. La subasta finaliza el 15 de junio de 2026. Al no haber tasación, la oportunidad debe ser evaluada por el interesado.
Lo bueno
IA- No constan cargas cuantificadas ni documento de cargas, lo que simplifica el análisis de gravámenes inicial.
- No hay puja mínima establecida, lo que puede permitir una mayor flexibilidad al iniciar la participación.
- La vivienda es un piso completo (no nuda propiedad ni cuota indivisa), lo que facilita su comercialización futura.
Lo delicado
IA- No hay tasación oficial disponible, lo que impide calcular un descuento y evaluar la oportunidad económica de forma directa.
- La situación posesoria 'no consta' y 'no visitable' implica que no se sabe si la vivienda está ocupada, lo que añade incertidumbre y riesgo.
- La vivienda fue calificada como VPO en 1965; es necesario verificar su estatus actual, ya que podría afectar la transmisión.
- Existe una cantidad reclamada de 108.379,42 €, que es el origen de la ejecución y un importe significativo en relación al valor de subasta.
Siguiente paso recomendado
Lectura IAAnálisis extendido
IALa vivienda es una VPO, aunque calificada en 1965 (expediente V-VS-264/64), por lo que es fundamental verificar si sigue sujeta a algún régimen de protección oficial o si ya está descalificada, lo que podría afectar a su transmisión y precio. La cantidad reclamada es de 108.379,42 €, lo que establece una base para la ejecución. La ausencia de tasación oficial en el procedimiento exige una valoración exhaustiva por parte del licitador. No constan cargas cuantificadas ni documento de cargas, lo que es un punto a favor, pero la cláusula de subrogación a gravámenes anteriores siempre requiere cautela.
El riesgo de esta subasta se considera "medium" principalmente por la falta de información sobre la situación posesoria ("no consta"), lo cual implica que no se sabe si la vivienda está ocupada o no. Además, la ausencia de tasación dificulta evaluar el valor real y el posible sobrecoste si se aceptan cargas anteriores. Aunque no se han cuantificado cargas específicas, la cláusula estándar de subrogación a cargas anteriores siempre es un factor a considerar.
Sin tasación disponible: no es posible calcular el descuento; el score se ha fijado a 0 por falta de referencia. La valoración de la oportunidad recae en el interesado, quien deberá investigar el valor de mercado del inmueble para determinar si el precio de salida de 152.900 € es atractivo.
Para el pujador
IASegún la información proporcionada, no constan cargas cuantificadas ni documento de cargas específico. Sin embargo, en las subastas judiciales es una cláusula estándar que el adjudicatario se subroga en las cargas y gravámenes anteriores al crédito del actor. Es fundamental investigar en el Registro de la Propiedad para asegurarse de la inexistencia de gravámenes preferentes o deudas asociadas al inmueble que no figuren en el BOE, especialmente dado que la cantidad reclamada es elevada.
En esta subasta no hay un precio mínimo para pujar, lo que significa que puedes empezar la puja desde cualquier cantidad. Sin embargo, para que tu oferta sea válida para la adjudicación, deberá superar ciertos umbrales según el artículo 670 de la Ley de Enjuiciamiento Civil: al menos 107.030 € (el 70% del valor de subasta) si eres un tercero, o 76.450 € (el 50% del valor de subasta) en otros casos. Estos umbrales son el suelo de adjudicación, no el suelo de participación.
- Verificar en el Registro de la Propiedad que la vivienda no tiene cargas ni gravámenes ocultos.
- Investigar la situación actual de ocupación del inmueble, ya que 'no consta' la posesión.
- Confirmar si la calificación de VPO de 1965 sigue vigente o si ha sido descalificada.
- Realizar una valoración de mercado del inmueble en la zona para fijar un precio máximo de puja.
- Revisar el expediente judicial completo para conocer todos los detalles de la ejecución.
- Calcular los costes asociados a la adquisición (impuestos, honorarios, etc.).
Documentos oficiales
Datos técnicos BOE
La información publicada se obtiene y procesa automáticamente a partir de fuentes públicas. Puede contener errores, omisiones o información desactualizada. Antes de pujar, revisa siempre la fuente oficial y consulta asesoramiento profesional si es necesario.
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