Estás viendo una subasta judicial, lo que significa que un juzgado está vendiendo esta vivienda para saldar una deuda. Para participar, necesitas depositar 4.910,50 €. Es importante que sepas que el precio de subasta (98.210 €) no es necesariamente el valor mínimo al que se adjudicará. El BOE indica que no hay una "puja mínima" como tal para empezar a pujar, pero existen unos umbrales (50% y 70% del valor de subasta) que son clave para que la venta se considere válida o para que el deudor o el acreedor puedan mejorar el precio. El inmueble no es la vivienda habitual de los deudores, lo que simplifica un posible desalojo, aunque no consta si está ocupado ahora mismo.
Vivienda en Mazarrón (Murcia) en subasta judicial
Esta subasta judicial ofrece una vivienda tipo C en primera planta de 42,70 m² construidos en El Puerto de Mazarrón, Mur…
Resultado de la subasta
Periodo de pujas concluidoLa puja máxima publicada por la fuente no acredita por sí sola la adjudicación: la autoridad gestora puede declarar la subasta desierta o adjudicarla a una cantidad distinta.
Datos rápidos
Datos oficiales · sin interpretaciónPara participar en esta subasta, debes depositar 4.910,50 €. Al no haber puja mínima, puedes comenzar a pujar libremente, pero ten en cuenta que el inmueble podría adjudicarse al deudor por el 50% del valor de subasta (49.105 €) o al ejecutante por el 70% (68.747 €) en determinadas circunstancias, según el artículo 670 de la LEC.
Detalle del bien
Datos oficiales · BOEACEPTACION DE LAS CONDICIONES LA SUBASTA. Solo los usuarios registrados en este portal pueden acceder al edicto y a toda la documentación incorporada a la subasta. Su lectura y comprensión es obligada ya que quien participa como postor acepta las condiciones fijadas en el edicto … Ver completo
ACEPTACION DE LAS CONDICIONES LA SUBASTA. Solo los usuarios registrados en este portal pueden acceder al edicto y a toda la documentación incorporada a la subasta. Su lectura y comprensión es obligada ya que quien participa como postor acepta las condiciones fijadas en el edicto y por la Autoridad Gestora. INICIO AUTOMATICO DE LOS PLAZOS PARA MEJORAR EL PRECIO FINAL. La posibilidad de mejorar el precio tras la subasta, prevista en el art. 670 LEC cuando no alcance unos porcentajes mínimos, comenzará de modo automático tras la subasta y sin necesidad de notificación expresa. Los demandados solo pueden mejorar en los primeros diez días hábiles desde el fin de la subasta y el ejecutante en los cinco siguientes. REPRESENTACION DE TERCEROS. Si el postor ha actuado en representación de otros, o conjuntamente con ellos, debe cumplir lo indicado por esta autoridad gestora en la información adjunta al edicto. DEVOLUCION DE DEPOSITOS A POSTORES CON RESERVA DE PUJA. Se controlarán especialmente, y se ordenará su devolución en cuanto se pague el precio o se compruebe que el mejor postor ha sido el ejecutante. COMPROBACION Y ERRORES EN LA DOCUMENTACION. La información publicada puede ser modificada mediante la incorporación de nueva documentación, por lo que tiene que comprobarse antes de realizar la primera puja. Si observa que la subasta sólo incorpora el edicto de la subasta o hay archivos que no concuerdan con ella, avísenos para subsanar el problema a la mayor brevedad.
Esta subasta judicial ofrece una vivienda tipo C en primera planta de 42,70 m² construidos en El Puerto de Mazarrón, Murcia. El valor de subasta es de 98.210 €, con un depósito de 4.910,50 €. La subasta finaliza el 8 de junio de 2026. No hay tasación disponible para calcular un descuento, lo que limita la oportunidad. La vivienda no constituye la habitual de los demandados y no consta su estado posesorio.
Lo bueno
IA- No hay cargas cuantificadas relevantes que eleven el riesgo de forma evidente.
- El inmueble no constituye la vivienda habitual de los demandados, lo que podría simplificar el proceso de recuperación posesoria.
- Existe Certificación de cargas, lo que permite un análisis más detallado de la situación registral (si su contenido es accesible).
Lo delicado
IA- ["No se dispone de tasación del inmueble, lo que impide calcular un posible descuento y evaluar la oportunidad económica.","La situación posesoria "no consta" y el inmueble no es visitable, lo que implica un riesgo de ocupación no determinado.","La cláusula de subrogación en cargas o gravámenes anteriores requiere una investigación registral profunda para evitar sorpresas.","El texto del BOE advierte sobre la necesidad de comprobar qué cargas existen y su estado actual, además de otros gastos e impuestos."]
Siguiente paso recomendado
Lectura IAAnálisis extendido
IALa vivienda objeto de subasta, de 42,70 m² en Mazarrón, se presenta con un valor de subasta de 98.210 € y un depósito del 5% (4.910,50 €). La ausencia de tasación oficial es un factor crítico para la evaluación financiera y de oportunidad, requiriendo una estimación de valor de mercado por parte del inversor. La nota sobre la cancelación de la carga registral que da origen a la subasta y de las posteriores, con subrogación en anteriores o de mismo rango, es una cláusula estándar pero requiere de un análisis profundo de la certificación de cargas para identificar gravámenes preexistentes. El estado posesorio "no consta" y la no visitabilidad del inmueble implican un riesgo inherente de ocupación que debe ser considerado en la estrategia de adquisición.
El nivel de riesgo se considera medio. Aunque no constan cargas cuantificadas que eleven significativamente el riesgo, la subasta incorpora una "Certificación de cargas" que debe ser revisada para identificar posibles gravámenes. Además, la situación posesoria "no consta" y la imposibilidad de visita previa al inmueble añaden incertidumbre. Es importante que el comprador asuma la responsabilidad de subrogarse en cargas o gravámenes anteriores, lo cual es habitual en subastas judiciales pero requiere una verificación exhaustiva.
No se ha proporcionado un valor de tasación oficial para este inmueble, lo que impide calcular un descuento sobre el precio de mercado. Por esta razón, la puntuación de oportunidad se ha fijado en 0, ya que no contamos con una referencia para evaluar la rentabilidad potencial. Aunque el precio de subasta pueda parecer atractivo, es crucial realizar tu propia investigación de mercado para determinar el valor real y decidir si la inversión es adecuada.
Para el pujador
IAEl BOE indica que la carga que origina esta subasta y todas las posteriores serán canceladas. Sin embargo, se mantendrán las cargas o gravámenes anteriores o del mismo rango, y el adjudicatario se subrogará en la responsabilidad que garanticen. Esto significa que deberás investigar y asumir el importe de estas posibles cargas no canceladas. Aunque el texto de los documentos adjuntos incluye una guía genérica sobre cargas registrales, no detalla las específicas de esta finca. Es crucial que consultes la Certificación de Cargas completa en la documentación oficial para conocer la situación exacta.
Para esta subasta, el BOE indica "Sin puja mínima", lo que significa que no hay un precio de salida preestablecido para las pujas. Sin embargo, el valor de subasta de 98.210 € es relevante para los umbrales del artículo 670 de la Ley de Enjuiciamiento Civil (LEC): el 50% (49.105 €) y el 70% (68.747 €) son los importes a partir de los cuales se puede adjudicar directamente al mejor postor o permiten al ejecutante o deudor mejorar el precio, respectivamente.
- Consultar la Certificación de Cargas completa en los documentos de la subasta.
- Realizar un estudio de mercado para determinar el valor real del inmueble.
- Evaluar los posibles costes de recuperación de la posesión y otros gastos de adquisición (impuestos, honorarios).
- Verificar la información registral del inmueble para detectar gravámenes ocultos.
- Asegurarse de tener la liquidez necesaria para el pago total del precio de adjudicación, además del depósito.
- Buscar asesoramiento legal especializado en subastas inmobiliarias.
Documentos oficiales
Datos técnicos BOE
La información publicada se obtiene y procesa automáticamente a partir de fuentes públicas. Puede contener errores, omisiones o información desactualizada. Antes de pujar, revisa siempre la fuente oficial y consulta asesoramiento profesional si es necesario.
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