En simple: Hacienda/SUMA vende en subasta pública un derecho: la mitad de esa parcela. Para pujar hay que depositar 3.879,05 € (el 5% del valor de subasta). La puja mínima del portal es 38.790,54 €; el valor de subasta de 77.581,08 € es la referencia del bien, no el suelo automático de entrada. Si ganas, no te llevas el 100% del terreno: compartes propiedad. Además, “no es solar edificable hoy” significa que no puedes asumir que te den licencia para construir sin cumplir saneamiento y urbanización.
50% de parcela en Calp (Empedrola): subasta tributaria SUMA
Subasta de recaudación tributaria (SUMA) sobre el 50% de la propiedad plena de una parcela en Partida Empedrola, Calp (A…
¿Cuánto vale y hasta dónde pujar?
🟡 Revisar estado- Tiene cargas o embargos pendientes (verifica el importe en la fuente oficial)
La tasación judicial del BOE puede no reflejar el mercado; usamos estimación municipal/provincial de €/m².
Te compensa mientras tu puja no pase de 58.936 € (ya descontados ITP, notaría/registro, cargas y posible desalojo). En subasta el precio sube con las pujas.
Nivel de confianza de la estimación: Baja
Estimación orientativa basada en datos públicos oficiales. No es asesoramiento financiero ni tasación. Verifica cargas y estado antes de pujar.
Resultado de la subasta
Finalizada por la autoridad gestora · sin pujasLa puja máxima publicada por la fuente no acredita por sí sola la adjudicación: la autoridad gestora puede declarar la subasta desierta o adjudicarla a una cantidad distinta.
Datos rápidos
Datos oficiales · sin interpretaciónPara participar debes consignar un depósito de 3.879,05 €. La puja mínima exigida en ficha es 38.790,54 €, con tramos de 3.000 €; el valor de subasta (77.581,08 €) es la base de referencia, no un “precio de salida” confuso con la mínima. Los umbrales orientativos del 50% y 70% del valor de subasta quedan en 38.790,54 € y 54.306,76 €: úsalos como referencias de adjudicación, no como obligación de pujar por encima del valor de mercado ajustado a una cuota del 50%.
Detalle del bien
Datos oficiales · BOEEl tasador indica que la superficie catastral es de 770,00 m2, y que se trata de suelo urbano (consolidado). Asimismo indica que si bien no cumple la parcela mínima, según el articulo 22,4,b; se podrá autorizar la edificación de las parcelas de dimensión inferior, siempre que cum… Ver completo
El tasador indica que la superficie catastral es de 770,00 m2, y que se trata de suelo urbano (consolidado). Asimismo indica que si bien no cumple la parcela mínima, según el articulo 22,4,b; se podrá autorizar la edificación de las parcelas de dimensión inferior, siempre que cumpla el resto de condiciones y no puedan agregarse a las colindantes, como es el el caso.
El Ayuntamiento certifica en fecha 31/10/2025 que la parcela se situa en terrenos calificados como Suelo Urbano Empedrola I, que la parcela no reune en la actualidad los requisitos del art. 186 TRef Ley ordenacion terrritorio para ser considerada solar edificable, por faltar la red de saneamiento. Por tanto solamente podrá concederse licencia de edificación en la misma condicionada al cumplimiento de las condiciones señaladas en el art. 187 (edificación y urbanización simultáneas).
En diligencia de personación se observa que es una parcela abandonada y llena de matorrales. En la parte que linda con PD Empedrola 6M el vecino ha puesto un toldo y la utiliza para dejar trastos y leña.
Los licitadores, habrán de conformarse con los títulos de propiedad que se hayan aportado al expediente, no teniendo derecho a exigir otros. En el supuesto de que proceda inscribir registralmente rectificación de la descripción, superficie o linderos registrales de la finca adjudicada, lo será por el adjudicatario, debiendo serlo en los términos, por los medios y con el cumplimiento de los requisitos previstos en cada caso en la Ley Hipotecaria y normativa de desarrollo.
Los bienes enajenados en el trámite subasta pública lo serán en el estado en que se hallaren al perfeccionarse las correspondientes adjudicaciones, como "cuerpo cierto" en los términos del artículo 1471 párrafo primero del Código Civil, que el adjudicatario conoce aceptando las condiciones físicas, jurídicas, de los mismos, así como las registrales y urbanísticas en que se encuentren los inmuebles.
Ubicación
Según dirección oficial📍 PD EMPEDROLA LA 3
Subasta de recaudación tributaria (SUMA) sobre el 50% de la propiedad plena de una parcela en Partida Empedrola, Calp (Alicante), finca registral 21412. El valor de subasta y la tasación coinciden en 77.581,08 €; la puja mínima es 38.790,54 € y el depósito para pujar es 3.879,05 €. La fecha de conclusión es el 17 de agosto de 2026 a las 18:00. No constan cargas preferentes cuantificadas, pero el Ayuntamiento indica que hoy no es solar edificable por falta de saneamiento y solo cabría licencia con urbanización simultánea.
Lo bueno
IA- Sin ocupantes declarados y riesgo ocupacional estimado bajo
- BOE declara sin cargas preferentes cuantificadas (importe 0 €)
- Datos económicos completos: valor de subasta, tasación, depósito y puja mínima constan
- Referencia catastral y datos registrales identificados (finca 21412, Calp)
- Puja pública con posibilidad de prórroga hasta 24 h según el portal
Lo delicado
IA- Solo se subasta el 50% de la propiedad plena: quedarías en copropiedad
- La parcela no reúne hoy requisitos de solar edificable (falta saneamiento); licencia condicionada a urbanización simultánea
- Parcela abandonada y con uso informal del lindero por un vecino
- Posible hipoteca preferente advertida en información adicional pese a “sin cargas preferentes”
- Texto de documentos no extraído (hay 1 archivo disponible sin contenido legible aquí)
Siguiente paso recomendado
Análisis orientativoAnálisis extendido
IAActivo de apremio (cantidad reclamada 9.671,07 €) con tasación igual al valor de subasta y puja mínima en el 50% de ese valor. La divergencia superficie registral (1.017 m²) vs catastral (770 m²) y la calificación como suelo urbano consolidado Empedrola I con art. 186/187 de ordenación territorial condicionan cualquier tesis de desarrollo. Sin certificación de cargas extraída en texto, el análisis de gravámenes se apoya en la declaración BOE “sin cargas preferentes” y en la advertencia residual de posible hipoteca preferente. La valoración de mercado de la plataforma tiene confianza baja y un buffer de costes totales elevado; el techo de puja sugerido (~58.936 €) queda por debajo del valor de subasta pleno.
Riesgo alto por señal concreta: se subasta solo el 50% de la propiedad plena (cuota indivisa), no el 100% del terreno. A eso se suma que la parcela no es solar edificable en la práctica (falta red de saneamiento; licencia condicionada a urbanización simultánea), está abandonada y un vecino usa parte lindante. El BOE declara sin cargas preferentes cuantificadas, pero hay una advertencia genérica de posible hipoteca preferente en información adicional que conviene contrastar en el expediente.
El valor de subasta (77.581,08 €) es idéntico a la tasación, así que no hay descuento judicial. El mercado estimado (aprox. 68.271–86.891 €) sitúa esa cifra dentro de banda, pero con confianza baja y para un activo que solo transmite el 50% de la propiedad. Además, la parcela no reúne hoy requisitos de solar edificable. Por eso la oportunidad es baja: no hay ganga clara frente a tasación ni frente a mercado, y el comprador asume urbanismo y copropiedad. Techo orientativo de puja de la plataforma: unos 58.936 €.
Para el pujador
IAEl BOE declara importe de cargas preferentes “sin cargas preferentes” y el importe normalizado es 0 €; el análisis parseado no detecta hipoteca, embargo, nuda propiedad ni usufructo cuantificados. No hay texto extraído de documentos de cargas descargados, así que no puede confirmarse el detalle registral línea a línea. Sí aparece una advertencia de posible hipoteca preferente en información adicional: debe contrastarse en el expediente y en nota simple, sin asumir un importe que aquí no figura. El riesgo principal para el comprador no es una carga con cifra, sino adquirir solo el 50% y asumir limitaciones urbanísticas y del estado físico “como cuerpo cierto”.
La puja mínima del portal es 38.790,54 € (no “sin puja mínima”). Ese importe coincide con el umbral del 50% del valor de subasta (38.790,54 €). El umbral del 70% se sitúa en 54.306,76 €. Puedes pujar desde la mínima si cumples el depósito; el valor de subasta de 77.581,08 € no es el suelo de participación, sino la referencia económica del lote.
- Confirmar en nota simple que solo se transmite el 50% y qué gravámenes constan hoy
- Revisar con el Ayuntamiento de Calp la exigencia de saneamiento y urbanización simultánea
- Depositar 3.879,05 € y planificar pujas desde 38.790,54 € en tramos de 3.000 €
- Leer en el portal la información complementaria (requiere inicio de sesión) y el archivo adjunto
- Acotar un techo de puja coherente con comprar media parcela no edificable de inmediato
- Guardar contacto SUMA (965 292 000 / subastas@suma.es) por si falta documentación
Documentos oficiales
Datos técnicos BOE
La información publicada se obtiene y procesa automáticamente a partir de fuentes públicas. Puede contener errores, omisiones o información desactualizada. Antes de pujar, revisa siempre la fuente oficial y consulta asesoramiento profesional si es necesario.
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